¿Quiénes Somos?


La Dirección General de Gestión Territorial del Ambiente (DGGTA) esta adscrita al Viceministerio de Gestión Ecosocialista del Ambiente.

Tiene nueve funciones de acuerdo al Decreto de creación del Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo (Decreto N° 1.889 de fecha 16 de julio de 2015, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°6.189 Extraordinario de fecha 16 de julio de 2015):


  1. Dictar directrices y lineamientos de la política ambiental nacional en materia de planificación, ordenación y gestión ambiental del territorio; en particular de las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), zonas costeras y otras áreas estratégicas para la conservación ambiental.

  2. Evaluar y proponer los instrumentos que conforman el sistema integrado para la planificación, ordenación ambiental y gestión sustentable del territorio, así como la normativa técnica y jurídica en la materia; en particular de las Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), zonas costeras y otras áreas estratégicas para la conservación ambiental, en coordinación con las instituciones del Estado, el Poder Popular y demás sectores del país.

  3. Verificar y conformar linderos o delimitaciones espaciales definidos en proyectos de decreto y resoluciones, en coordinación con el órgano o ente competente en materia de geografía, cartografía y catastro.

  4. Participar en la elaboración y actualización de los instrumentos jurídicos relacionados con la gestión de las áreas estratégicas para la conservación, conjuntamente con la Consultoría Jurídica del Ministerio.

  5. Ejercer las acciones en materia de planificación, ordenación y gestión ambiental del territorio, delegadas por la máxima autoridad del Ministerio, en las Comisiones de Estado o Secretarías Técnicas.

  6. Fomentar la conservación y preservación de los ecosistemas y elementos naturales en todo el territorio nacional, en especial en la Faja Petrolífera del Orinoco Hugo Chávez, mediante una gestión Integral, compartida y efectiva de las políticas, directrices y estrategias en la materia.

  7. Establecer lineamientos que promuevan la investigación y evaluación de riesgos ambientales como parte del proceso de planificación, ordenación y gestión ambiental del territorio.

  8. Supervisar y evaluar el cumplimiento de los acuerdos internacionales suscritos por la República Bolivariana de Venezuela, en la materia de planificación, ordenación y gestión ambiental del territorio en articulación con la Oficina de Integración y Asuntos Internacionales.

  9. Las demás funciones que le confieren las leyes, reglamentos, resoluciones y otros actos normativos en materia de su competencia.