Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso (PORU)


Reseña

En el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso (PORU) de una ABRAE se establecen los lineamientos, directrices y políticas para la administración de la correspondiente área, así como la orientación para la asignación de usos y actividades permitidas. (Artículos 17 de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio Gaceta Oficial No.3.238 - Extraordinario, del 11 de Agosto de 1983).

Los PORU son instrumentos de aplicación a corto y mediano plazo con miras a alcanzar una imagen objetivo a largo plazo, éstos contienen propuestas de asignación de usos dirigidas a:

  • Fomentar el racional aprovechamiento de los recursos naturales existentes en ese ámbito espacial,
  • Buscar la distribución equilibrada de la población que lo habita,
  • La recuperación de áreas degradadas,
  • Propiciar la mejora de las condiciones de vida de los habitantes actuales y futuros.

Por otra parte, constituyen un mecanismo imprescindible para la gestión de las mismas. Éstos deben ser flexibles y adaptables a los rápidos cambios que experimenta el conjunto de la sociedad, en el mismo se zonifican los diferentes usos acordados y se especifican los usos y actividades permitidas, restringidas y prohibidas.

Los PORU incluyen Programas de Gestión u Operativos entendidos como el conjunto de actividades, acciones y tareas, organizados y sistematizados con la finalidad de lograr los objetivos del plan.

De las 406 ABRAE declaradas en Venezuela, 90 áreas cuentan con PORU (22,17% con respecto al total de ABRAE) cubriendo una superficie de 17.342.097,98 hectáreas.

Lista de ABRAE con PORU